lunes, 11 de octubre de 2010

200 AÑOS.

200 años después
Una interminable sucesión de desencuentros. Una eterna repetición de episodios con matices de comedia o de tragedia. Una larga y a menudo monótona secuencia de odios y rencores viscerales. Un ansia irrefrenable de mirar siempre hacia atrás, de revolver cuestiones que creíamos sepultadas, pero que reaparecen con fuerza arrolladora como si se tratara de acontecimientos recientes. Una acuciante vocación por endilgarle responsabilidades a los que ya no están, a los que se fueron o a los que se repliegan para luego volver. Una fluida necesidad de vituperar al contrincante. Un impiadoso anhelo de eliminar a quienes piensan de otra manera. Una búsqueda implacable de culpables. Una alevosa manía por agraviar al adversario, por mancillar su honor, por desprestigiarlo, por invadir ferozmente sus flancos más sensibles, por denigrarlo. Una artera demostración de ingenio para herirlo con motes y apodos humillantes. Una sorprendente astucia para desligarse de los errores y horrores cometidos. Una férrea cadena de egoísmos, insensateces y terquedades. Una grandiosa hipocresía para sumergirse en las aguas tibias del olvido cuando acechan las tormentas. Una vergonzosa picardía para apropiarse de lo que no les corresponde, para hacer pingües negocios con los fondos públicos, para enriquecerse desmesuradamente en tiempo récord. Una clara intención de cometer los más crueles desatinos con el patrimonio nacional. Una asombrosa habilidad para cambiar de bando, para traicionar a sus mentores, para borrar con el codo lo que escribieron con la mano. Una exquisita selección de promesas rociadas con frases complacientes, expresiones altisonantes y gestos de circunstancia que mutarán hasta límites insospechados cuando llegue el turno de apoltronarse en el poder. Una recurrente necesidad de cautivar a las masas con dádivas miserables. Una torpe urgencia por fingir, por ocultar la verdad, por fraguar cifras o datos fehacientes. Un abrumador catálogo de ejemplos que no se cumplen. Una constante indolencia por las prioridades de las personas más vulnerables. Un marcado fervor por aferrarse a los cargos públicos. Una tenaz costumbre por transgredir las leyes. Una sórdida tendencia a someter a la Justicia. Una curiosa indulgencia para condonar a los causantes de tantos males. Una injusta pereza para honrar la memoria de nuestros legítimos héroes. Una manifiesta sensación de que todo importa más que la Patria. 
En este año del Bicentenario consideramos que resulta imprescindible mirarnos hacia adentro. Para saber qué nos pasó y para entender que nada ha sido casual. Que desde el fondo de la historia se han repetido hasta el hartazgo algunas de las situaciones que hemos planteado y que exponemos detalladamente en la sección “Grandezas y miserias de civiles y militares” con la humilde pretensión de no volver a equivocarnos. Con la no menos candorosa intención de contribuir al diseño de un país que, por fin, se decida a gestar su madurez y donde todos, más allá de sus ideologías, avancen en una misma dirección. Siempre mirando hacia adelante. Y nos pareció oportuno compartir esta experiencia que se vivió en una Olimpíada Especial celebrada en los Estados Unidos. Creemos que sintetiza ese espíritu colectivo y solidario que hemos soslayado a lo largo de doscientos años. Y que necesitamos incorporar cuanto antes.
Nueve participantes, todos con deficiencias mentales o físicas, se alinearon para dar la largada en una carrera de cien metros llanos. Al sonar la señal, todos salieron, no exactamente a una gran velocidad, pero con la voluntad de dar lo mejor de sí, terminar la carrera y, dentro de lo posible, ganar la competencia. Todos, con la excepción de un muchacho que tropezó, se cayó al piso y comenzó a llorar. Los otros ocho escucharon el llanto. Disminuyeron el paso y miraron hacia atrás. Entonces todos ellos, uno a uno, se detuvieron y dieron la vuelta. Una de las participantes, con síndrome de Down, se inclinó, le dio un beso al muchacho y le dijo simplemente: “Listo, arriba, ahora vas a ganar”. Y los nueve se tomaron de las manos y caminaron juntos hasta la meta. El estadio entero se puso de pie y la ovación duró una eternidad. Muchos no pudieron contener las lágrimas. Y las personas que estaban allí continuaron repitiendo esa historia hasta hoy, quizá convencidos de que habían asistido a un espectáculo memorable. O con la certeza de que fueron testigos de un episodio que quedó grabado ejemplarmente en sus corazones.
Aquellos atletas eran deficientes mentales... Pero con seguridad no eran deficientes en
sensibilidad. ¿Por qué? Porque, allá en el fondo, todos sabemos que lo importante en esta vida es ser más que un ganador solitario. Al fin de cuentas, lo que importa en esta vida es ayudar a los otros a vencer, aunque esto signifique disminuir el paso y cambiar el rumbo.
El Director

   
NOVEDADES EN GANANCIAS Y BIENES PERSONALES
   
A mediados de abril comenzará a vencer, como todos los años, el impuesto a las ganancias y a los bienes personales. En esta nota incluimos un resumen de los puntos más relevantes de estos impuestos y los cambios acontecidos para este año. 
Impuesto a las ganancias: Deben presentar declaración jurada del impuesto, todas aquellas personas que obtengan ingresos superiores al mínimo no imponible que actualmente está en la bajísima suma de 9 mil pesos anuales más las cargas de familia (ejemplo: esposa diez mil pesos anuales; hijos 5 mil pesos anuales cada uno). En este universo incluimos, comerciantes, profesionales independientes, cuentapropistas, locadores de inmuebles, socios de sociedades de hecho, etcétera. La metodología de pago consiste en determinar un resultado del ejercicio por la diferencia entre ingresos y gastos deducibles, aplicándose una tasa proporcional del 9 al 35 por ciento sobre ese neto gravado y se abona o no el impuesto respectivo.
La no presentación de DD JJ a la AFIP, además de ser multada implica, como consecuencia más grave, el no poder justificar la tenencia de los bienes que se poseen, ya uno no dice qué ingresos obtuvo.
No deben presentarla los incluidos en el monotributo y los empleados en relación de dependencia que no superen los 144 mil pesos de ingresos brutos anuales. En el caso de los empleados, es el empleador el que “retiene” y paga mensualmente el impuesto respectivo, cuando corresponda. Y en los monotributistas dicho impuesto está incluido en la cuota fija que todos los meses abonan. Para este año no se ha aumentado el mínimo no imponible, aunque es de aplicación plena el efecto de la desaparecida “tablita de Machinea” lo que significa una reducción del impuesto a pagar anual.

Impuesto a los bienes personales: Deben presentar declaración jurada de este impuesto, todos aquellas personas que tengan bienes (gravados) al 31 de diciembre de cada año superiores a 305 mil pesos, según las normas de valuación del impuesto, abonándose el 0,5 por ciento por los bienes que superen los 305 mil pesos y sean menores a 705 mil pesos y el 0.75 por ciento de lo que supere los 705 mil pesos, también hay tasas de 1 y 1.50 por ciento para  patrimonios superiores.
También deben presentar, con carácter informativo, declaración jurada todos aquellos empleados en relación de dependencia que hayan tenido en el año 2009 sueldos brutos (se incluyen tiquets, aguinaldo y otros beneficios) superiores a 96 mil pesos.
La AFIP cuenta con bases de datos informáticas donde constan los datos de todos los bienes registrables y cuentas bancarias que tienen todos los habitantes del país, y en muchos casos “invitará” mediante una carta a presentar dicho impuesto.
Inmueble: se valúan a su valor de compra en pesos del momento de compra (no deben actualizarse a ninguna conversión dólar actual) o su valor fiscal, el que fuere mayor
Automotores: se valúan a valor de compra o valores según tabla de la DGI, el que fuere mayor. Estos bienes tienen que incorporarse en el activo durante cinco años, por lo que si usted tiene un auto que lo adquirió hace más de cinco años su valor es impositivamente cero.
Ahorros en pesos o dólares: si están en cuentas bancarias de ahorro o plazos fijos se encuentran exentos, o sea se declaran pero no pagan impuesto alguno. Si estuvieran en cajas de seguridad o en el “colchón”, así como en cuentas corrientes, deben declararse y pagan impuesto.
Acciones–Bonos: se valúan a su valor de mercado, pero están exentos.
Bienes del hogar: la ley hace una presunción del 5 por ciento  del total de bienes gravados, pero si da un valor mayor debe declararse el mayor.
Bienes conyugales / Bienes propios: en los casos de matrimonios es el marido quien debe presentar declaración jurada por los bienes propios de él y por la totalidad de los bienes gananciales, no pudiendo subdividirse entre los cónyuges. Si la mujer superara con sus bienes propios los 305 mil pesos será ella la que presente DD JJ por sus bienes propios.
Ante cualquier inquietud en cuanto a si corresponde o no presentar el impuesto, no dude en consultar con un profesional especializado en el tema.
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Dr. Darío A. Consiglieri
Contador Público

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